Arraigo Social
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Abogados especializados en Arraigo Social
El arraigo social es un permiso de residencia por circunstancias excepcionales que se concede a extranjeros que tengan una residencia mínima de tres años y se hallen integrados socialmente. Es uno de los tres casos excepcionales de autorización de residencia temporal por arraigo. Es la opción más utilizada por los extranjeros que quieren regularizar su residencia en el país. A diferencia de los arraigos laboral y familiar, que se centran en el trabajo o la familia respectivamente, se basa en la existencia de vínculos fuertes e importantes con la comunidad en la que vive. Por arraigo social, podrán obtener una autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años. Está regulado por varias leyes, principalmente por:
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- Reglamento de Extranjería: Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
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Asesoría Integral en Madrid
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Sus abogados son expertos en Extranjería, Dercho Penal, Laboral y de Familia así como en Derecho Civil, otorgando las soluciones más eficaces a los distintos problemas legales que tienen sus clientes, ya sean estos particulares o empresas.